Hay tres tipos de perfil para anunciar la venta o adopción de animales:
1.- Criador:
Anuncios de venta.
Para criadores que se dediquen de forma continuada o esporádica a la cría de perros o gatos de raza.
Es necesario disponer y acreditar para su verificación, el Núcleo Zoológico o Afijo.
Cuando la nueva Ley de Protección Animal entre en vigor, revisaremos y adaptaremos de nuevo nuestra normativa.
2.- Protectora/Voluntariado:
Anuncios de adopción.
Para centros de adopción registrados o voluntarios/colaboradores de estos centros.
Es necesario acreditar el registro de la Protectora y la vinculación con la misma en el caso de los voluntarios.
3.- Particular:
Anuncios puntuales de adopción.
Para personas particulares que, de forma puntual y sin afán de lucro, ofrezcan animales en adopción.
Es necesario verificación del anunciante y de la mascota e incluir un precio mínimo simbólico de 100€.