Así como los seres humanos tenemos nuestro documento nacional de identidad, todo cachorro debe tener el suyo. Una vez hayas elegido y adquirido el cachorro debes proceder a su identificación:
El microchip es el documento de identidad de tu cachorro y es obligatorio, ya que si te lo robaran o se perdiera sería prácticamente la única manera de recuperarlo. Se trata de un minúsculo chip que se implanta bajo la piel, en la zona del cuello o de la cruz, y que está asociado a un código numérico en el que constan todos los datos de tu perro y los tuyos como propietario. En el veterinario podrán implantarle el chip, donde deberás rellenar tus datos como propietario del cachorro, para que consten en la base de datos del Archivo de Identificación de Animales de Compañía de tu Comunidad Autónoma. ¡No olvides actualizar tus datos si fuera necesario!
En caso de que adoptes a tu cachorro en una perrera o refugio, normalmente el cachorro es entregado desparasitado, con las vacunas y con el chip implantado. En este caso, deberás comunicar al Archivo de Identificación de Animales de Compañía y al centro de acogida donde adoptaste a tu mascota, el cambio de tus datos personales. Es la tarjeta que expide el Archivo de identificación de Animales, donde constan tus datos y los de tu perro. Si en un plazo prudencial no has recibido la tarjeta en tu domicilio, deberás contactar con el Archivo, en el número de teléfono que figura en el documento de alta y asegurarte de que realmente tenga registrados tus datos. En caso contrario, tendrás que realizar de nuevo el trámite.
Si por desgracia perdieras tu cachorro, te lo robaran o se escapara, deberás notificar su pérdida:
Deberás indicar:
En caso de que tu perro muera (esperemos que de viejo), tendrás que notificarlo al Archivo de Identificación mediante un documento de baja que rellenará y firmará tu veterinario.
Aconsejo también que pongas una placa metálica en el collar, con su nombre y tu teléfono. Es una manera rápida y fácil de localizarte en caso de pérdida del perro(en algunas comunidades es obligatorio).
En España es obligatorio registrar en el censo a los animales de compañía. Para censar a tu cachorro tienes que presentar:
Recuerda que también tendrás que notificar:
Yo siempre recomiendo que cada uno de nosotros acuda al ayuntamiento para informarse sobre los decretos, bandos o leyes que se rigen a nivel estatal, autonómico y municipal en relación a la tenencia de perros.
Cada ayuntamiento se rige por sus leyes, por lo que no está de más que acudas a tu ayuntamiento para saber qué puedes y qué no puedes hacer con tu perro. Por ejemplo, hay ayuntamientos que permiten el acceso de los perros en el transporte público, otros tienen prohibido el acceso a las playas, etc., así como las multas vigentes en relación a la falta de civismo de muchos propietarios (no recoger cacas, tener el perro suelto en zonas prohibidas, etc.)
Es importante que te informes si la raza de tu perro está catalogada como potencialmente peligrosa. Si es así, debes saber que estás obligado a tener un seguro para perro.
Si no así, debes saber por qué es recomendable un seguro para perro. Puedes saber más al respeto aquí.
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¡Y recuerda que en nuestra sección ADOPTA miles de perros y gatos esperan una segunda oportunidad!